miércoles, 4 de enero de 2017

Correos condenada por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical

Correos condenada por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical

Representantes de UGT fueron increpados por el jefe de la Unidad de Correos en Mojácar cuando ejercían su labor informativa


La Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT Almería muestra su satisfacción por la sentencia de la Sala de lo Social Número 4 de Almería en la que se condena a la sociedad Estatal de Correos y Telégrafos SA y al jefe de la Unidad de Correos en Mojácar por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical. Este proceso legal se inicia el pasado mes de octubre con la demanda presentada por María Victoria Saez Lara, representante de UGT y miembro del Comité de Empresa de Correos en Almería y la Unión General de Trabajadores.
Los hechos demandados ocurrieron el pasado 20 de julio de 2016, cuando tres representantes de UGT acudieron a la Unidad de Correos de Mojácar para proporcionar información sobre el proceso de consolidación de empleo en la Sociedad de Correos y Telégrafos a los trabajadores y trabajadoras eventuales. Mientras ejercían su labor informativa, el jefe de la Unidad los increpó y gritó. Tras estos hechos, los miembros de UGT desistieron de la labor informativa que los había llevado a la Unidad de este municipio.
Días después, María Victoria Saez Lara, representante de UGT, puso en conocimiento de la jefatura de relaciones laborales de la zona VI lo ocurrido, pero la empresa tras remitir al demandado un pliego de preguntas sobre los hechos y después de recibir la respuesta del codemandado, no llevó a cabo ninguna actuación.
Entre los fundamentos de derecho, la sentencia  recoge que los hechos se pueden entender que "constituyen una actitud de perturbación por parte del demandado de la actividad sindical de la actora en representación de su sindicato pues provocó que no pudiera cumplirse con a finalidad para la que había venido estos representantes al centro de trabajo".
Así mismo, la sentencia entiende que la actitud de la empresa es permisiva, al no llevar a cabo ninguna actuación más para confrontar la declaración del demandado y poder tener un conocimiento cabal de los hechos y de poder adoptar la decisión adecuada, considerándola responsable también de la vulneración de derechos fundamentales provocada por el trabajador demandado.
Además de la vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical, se reconoce la existencia de un daño moral que "se deriva de desacreditar al sindicato de manera pública ante los trabajadores de la empresa, afectando y condicionando a demás el ejercicio de la actividad relacionada con el sindicato". A este respecto, se condena a la partes a abonar la cantidad de 3.000 euros en concepto de indemnización.
Desde la Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT Almería instan a los gestores de Correos en la provincia a que "que depure responsabilidades cuando se den actitudes como las demostradas por el jefe de equipo de Correos en Mojárcar y no las sigan encubriendo con los medios de una empresa pública".
Finalmente, han señalado que "estamos muy satisfechos con esta sentencia, ya que se protege un derecho fundamental como es la libertad sindical y se condenan aquellas actitudes y acciones que atentan contra él".
La Asesoría Jurídica de UGT de Almería ha sido la encargada de llevar todo este proceso legal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario